CONGRESO,
PROCURADURÍA PÚBLICA Y NARCOTRÁFICO
En nuestro ordenamiento penal, existen
delitos que afectan al agraviado en su esfera personal (Calumnia, Difamación e
Injuria) y aquellos que ofenden a la sociedad en su conjunto y son perseguibles
de oficio (por el Ministerio Público) o por denuncia puntual y sólo terminan con la sentencia, absolviendo,
condenando o declarando prescrito el delito o la pena.
El delito de “narcotráfico” no sólo
agravia a la sociedad, causa daños irreparables a los consumidores, entre ellos
niños y jóvenes.
El día de hoy (27-08-2013) el diario El
Comercio de Lima, ha publicado las declaraciones del Congresista Heriberto
Benitez, considero de sumo interés trascribir lo esencial de la nota:
Sin
ningún voto en contra, la Comisión de Defensa Nacional y Orden Interno del Congreso acordó
ayer por unanimidad convocar a las procuradoras Sonia Medina (antidrogas) y
Julia Príncipe (lavado de activos) para que informen si es cierto que existennarcocongresistas.
Esto
fue planteado por el congresista de Solidaridad Nacional Heriberto Benítez,
quien explicó que dependerá de las revelaciones que brinden estas dos
procuradoras del Estado para iniciar una investigación a fondo sobre este tema.
Benítez
dijo a El Comercio que lo que revelen Medina y Príncipe es crucial porque ellas
manejan mucha información sobre procesos judiciales y fiscales y son las
indicadas para esclarecer si hay congresistas comprometidos con el
narcotráfico.
Bien, a lo único que tiene derecho el
Congreso de la República en el mejor de los casos es preguntar quienes están
implicados en la investigación si ésta
realmente existe, no puede solicitar ni requerir información en torno al
estado de la investigación, semejante atribución es impensable, por varias
razones:
1.- No se puede brindar a los supuestos
–subrayo lo de supuestos- congresistas investigados, antes de que sean citados
para el esclarecimiento de la denuncia, la
información recabada o el acopio de pruebas, lo contrario significaría que los miembros del Parlamento Nacional
gozan, respecto de los delitos que eventualmente se le puedan imputar, de un
privilegio que prácticamente les permitiría cometer todo tipo de crímenes sin
la posibilidad que deban pagar por ellos, ¿o acaso amigo lector, si usted se
entera que está siendo investigado y de las pruebas halladas de la supuesta
comisión del ilícito, no se prepararía para desvirtuarlos haciendo uso de toda
clase métodos legales e ilegales?.
2.- Tener la osadía de declarar: “que dependerá de las revelaciones que brinden
estas dos procuradoras del Estado para iniciar una investigación a fondo sobre
este tema. Es
el colmo y un insulto a la inteligencia
del pueblo.
3.- Se investiga un delito, no las
declaraciones o actos que en ejercicio de sus funciones los congresistas pueden
realizar, es más, el Congreso está en la obligación de levantar la inmunidad
parlamentaria cuando el Ministerio Público la solicita por la comisión de un
hecho criminal atendiendo a las pruebas
que haya actuado, entonces está fuera de lugar requerir “ a priori” quienes son
los investigados y enterarse de las pruebas o evidencias que llevarán al Fiscal
a presumir la comisión del delito de Narcotráfico.
4.- El único que puede denunciar es el
Fiscal y en esta instancia los involucrados en la investigación gozan de todas
las garantías jurisdiccionales consagradas en la Constitución del Estado.
5.- El Congreso NO está capacitado para
investigar un crimen, NO es su función, menos si lo que pretenden es cubrir,
proteger o “blindar” a sus pares, por la simple razón de que los delitos son
investigados y sancionados únicamente por el órgano competente.
6.- Finalmente, los congresista que
pudieran resultar involucrados (y si los hay, cada uno debe saber desde hace
mucho tiempo como defenderse de tales
imputaciones).
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